Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Afiliación y pago de ARL en contratos de prestación de servicios


Actualizado: 3 abril, 2017 (hace 7 años)

Si una empresa contrata personal a través de prestación de servicios ¿a quién le corresponde la afiliación y pago de la (ARL)?

La Dra. Natalia Jaimes indica que para el caso en mención el trabajador independiente puede afiliarse a la ARL. Se retoma lo que contempla el artículo 35 de la Ley 1438 de 2011, esto es:

“Permanencia en el Régimen Subsidiado. Los afiliados al Régimen Subsidiado podrán permanecer en este cuando obtengan un contrato de trabajo y pasen a estar vinculados laboralmente. En estos casos, los empleadores o los afiliados pagarán los aportes que debería pagar en el Régimen Contributivo a la misma Entidad Promotora de Salud y será compensado mensualmente a la subcuenta de solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga). En este evento, el afiliado tendrá derecho a prestaciones económicas”.

Ahora bien, de tratarse de un trabajador independiente que tiene salud subsidiada puede cotizar a la ARL de forma voluntaria.

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