José María Sarmiento Ortiz, coordinador de la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales del Ministerio Público, explica cómo se financian las campañas electorales, las restricciones existentes y el control de gastos de las mismas, entre otros aspectos.
Las campañas electorales en nuestro país se financian con recursos del Estado y privados. Estas no pueden recibir apoyo de personas anónimas, tampoco de quienes tengan procesos de extinción de dominio o que tengan cargos por narcotráfico.
Hay tres formas de hacerlo. Un primer sistema, con dinero del Estado. Segundo, con recursos privados. Y un tercer sistema que es mixto donde se financia con recursos del Estado y privados. Colombia ha optado por el tercer sistema. Las fuentes privadas provienen de los recursos propios de los candidatos o de su familia dentro del cuarto grado de afinidad. Igualmente, con las donaciones de terceros, algunos actos públicos a los que los candidatos recurren para financiar las campañas, así como préstamos de particulares o de entidades del sector financiero.
No lo pueden hacer, como tampoco las personas cuyos ingresos en el año inmediatamente anterior correspondido el 50% ha sido por contratación o auxilio del Gobierno.
El contratista si ha obtenido en el año inmediatamente anterior el 50% de sus ingresos totales provenientes de contratación estatal no puede financiar una campaña electoral.
La financiación pública se hace a través de la reposición de gastos, lo que quiere decir que al voto válido se le fija un valor específico y de acuerdo con los votos válidos que obtenga el candidato, entra por vía reposición, una vez ocurridas las elecciones, se hace una operación matemática, se multiplican los votos obtenidos válidamente por el valor que se le dio al voto, y allí se obtiene una cifra que es la que entra como recursos de reposición.
Sin embargo, existe la figura del anticipo, la cual consiste en que el Estado gira unos recursos a los partidos políticos antes que se inicie la campaña, y los distribuya entre los candidatos y así tener una base de recursos para adelantar sus respectivas campañas.
Se debe suscribir una póliza de seriedad en cuanto a que es muy posible que el candidato no obtenga el umbral requerido por la ley para entregar los recursos de reposición. Al partido se le dará un plazo para que reembolse el dinero al Estado. En caso que no lo haga, se hace efectiva la póliza.
Los candidatos están obligados en el momento en que se inscriban a registrar un libro de ingresos y gastos donde se realizan los respectivos asientos contables. Este es el soporte documental donde se ven los hechos económicos en los que incurre la campaña.
* Con información del programa Orden y Rectitud de la Procuraduría General de la Nación.