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Nuevo Código País comenzará a regir desde el 1 de enero de 2015


Nuevo Código País comenzará a regir desde el 1 de enero de 2015
Actualizado: 16 diciembre, 2014 (hace 9 años)

El código contiene lineamientos y recomendaciones dirigidos a las sociedades emisoras de valores en el país, en temas de derechos y trato equitativo de los accionistas; la conformación y dinámica de la Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva; entre otros ítems.

La Superintendencia Financiera de Colombia, SFC, mediante su Circular Externa 028 de 30 de septiembre de 2014 dio a conocer el Nuevo Código País el cual contiene una serie de lineamientos e indicaciones de buen gobierno corporativo dirigidas a las sociedades emisoras de valores en Colombia.

Buen gobierno corporativo

De acuerdo con la Corporación Andina de Fomento, CAF, el buen gobierno corporativo es definido como aquel grupo de prácticas formales e informales que implementan las compañías dirigidas a gobernar las relaciones que surgen entre los administradores y aquellos sujetos que realizan inversiones de recursos en la empresa, tales como accionistas y acreedores.

La adopción de dicho conjunto de prácticas por los empresarios ha tenido como propósito contrarrestar aquellos brotes de corrupción de naturaleza privada que se han presentado al interior de sus organizaciones y que ha sido causante de la crisis económica mundial.

Ejemplos emblemáticos de corrupción privada y/o muestra de prácticas contrarias a los lineamientos que traza los códigos de ética de buen gobierno corporativo, son los casos ENRON en Estados Unidos; PARMALAT en Italia y en el contexto nacional el caso DMG.

Aspectos generales del Nuevo Código País

La SFC con base en los “Lineamientos para un Código Latinoamericano de Gobierno Corporativo” publicado por la CAF y las observaciones que realizó distintos sectores de la economía, como la industria, efectuó la revisión de la versión anterior del Código País adoptado a través de las Circulares Externas 007 de 2011 y 28 de 2007, con el fin de elaborar una nueva versión que sea acorde a la realidad del mercado colombiano.

Como resultado de dicho estudio surgió el Nuevo Código de Mejores Prácticas Corporativas de Colombia o Nuevo Código País que fue puesto en conocimiento a la opinión pública por la SFC a través de la Circular Externa 028 de 30 de septiembre de 2014, el cual empieza a regir a partir del 1 de enero de 2015.

El Nuevo Código País es aplicable a todas las entidades que tengan valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores salvo la Nación, los patrimonios autónomos administrados por las sociedades fiduciarias, los fondos de inversión colectiva, los organismos multilaterales de crédito, los gobiernos extranjeros, las sucursales de sociedades extranjeras, entre otros.

Aunado a lo anterior, el citado Código contiene lineamientos y recomendaciones dirigidos a las citadas compañías sobre temas de Derechos y trato equitativo de los accionistas; la conformación y dinámica de la Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva; la Arquitectura de Control; y la Transparencia e Información Financiera y no Financiera.

En ese sentido, el Nuevo Código País señala que la información debe ir a los accionistas y no que los accionistas tengan que ir a la información; se incentiva el uso de resolución de controversias a través de mecanismos alternos de solución de conflictos; se señalan lineamientos que permitan pasar de un estado de “apatía accionarial” a un estado de “activismo accionarial” que contribuyan al control eficaz de los administradores; se determinan directrices para el manejo de los conflictos de interés y temas relacionados sobre grupos empresariales, entre otros aspectos.

“el Nuevo Código País conserva su estructura fundado en el principio de “cumpla o explique”, por ende, sus recomendaciones lo acogen los emisores de valores de manera voluntaria”

De otro lado, el Nuevo Código País conserva su estructura fundado en el principio de “cumpla o explique”, por ende, sus recomendaciones lo acogen los emisores de valores de manera voluntaria.

Las sociedades que adopten el Nuevo Código de Mejores Prácticas Corporativas deben dar a conocer al mercado el nivel de ejecución de sus recomendaciones, a través del diligenciamiento y remisión anual a la SFC del formato de Reporte de Implementación de Mejores Prácticas Corporativas; y adicionar en sus Estatutos una cláusula donde se determinen los administradores o funcionarios que asumen la obligación de cumplir tales recomendaciones.

Ab. José Vicente Hurtado P.
Universidad Santo Tomás, Seccional Bucaramanga.
Especialista y Mg. en Derecho Comercial.
Universidad Externado de Colombia.

* Exclusivo para actualicese.co

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