Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligaciones de las ESAL del régimen tributario ordinario y del especial


Actualizado: 24 febrero, 2017 (hace 7 años)


¿Cuáles son las obligaciones formales de las entidades sin ánimo de lucro del régimen tributario ordinario y del especial?

Resuelta en febrero 16 de 2017

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que la Ley 1819 de 2016 introdujo diversos cambios en materia tributaria. Algunos de ellos, relacionados directamente con las entidades calificadas en el régimen tributario especial; disposiciones que pueden ser estudiadas en los artículos 19, 19-4 y 356 hasta el 364-6 del Estatuto Tributario.

De la citada normatividad se destaca que, las entidades sin ánimo de lucro, en el momento de su conformación, serán asimiladas automáticamente como entidades del régimen ordinario, teniendo la obligación de tributar sobre renta a la tarifa plena. Sin embargo, si estas entidades quieren ser pertenecer al régimen tributario especial, deberán solicitar ante la Dian el proceso de calificación y cumplir con el pleno de requisitos que la entidad exige.

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