Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente por cuentas de cobro de 4 millones


Actualizado: 28 marzo, 2017 (hace 7 años)

A un trabajador que presenta dos cuentas de cobro en el mismo mes, que suman 4 millones ¿se le debe aplicar retención en la fuente?

El Dr. Diego Guevara aclara que la Ley 1819 de 2016 estableció nuevos parámetros para efectuar el cálculo de retención en la fuente para personas naturales. Para ello se debe validar los artículos 383 y 388 del Estatuto Tributario.

El artículo 383 del Estatuto Tributario establece lo siguiente en el parágrafo 2:

“La retención en la fuente establecida en el presente artículo será aplicable a los pagos o abonos en cuenta por concepto de ingresos por honorarios y por compensación por servicios personales obtenidos por las personas que informen que no han contratado o vinculado dos (2) o más trabajadores asociados a la actividad”.

Ahora bien, al cobrador de honorarios que no tiene subcontratada a dos o más personas naturales se le aplicará la tabla del artículo 388 del Estatuto Tributario, que, para efectos de la depuración de la base del cálculo de la retención en la fuente se hará con la sumatoria de todas las cuentas de cobro generadas en el mes y posteriormente el resultado se ubicará en la tabla del artículo 383 del mismo estatuto.

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