Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Revaluación de activos según el Estándar Internacional para pymes


Revaluación de activos según el Estándar Internacional para pymes
Actualizado: 6 enero, 2016 (hace 8 años)
“El Estándar para pymes modificado en el 2015 permite la revaluación de activos de propiedades, planta y equipo”

El Estándar para pymes, emitido por la IASB en el 2009 solo permitía el modelo del costo para la medición de los activos clasificados como propiedades, planta y equipo e intangibles. En el 2015 la IASB emitió un nuevo documento con 56 modificaciones. En este editorial se indica el tratamiento de la revaluación según las nuevas disposiciones.

El Estándar para pymes modificado en el 2015 permite la revaluación de activos de propiedades, planta y equipo, pero su aplicación en Colombia debe respetar lo establecido en los decretos que regulan la convergencia en el país.

De acuerdo con lo anterior, aunque la nueva indicación para pymes incorporada en el Decreto 2496 del 2015 establece la posibilidad de revaluar elementos de propiedades, planta y equipo, es necesario aplicar la regla general según la cual las mismas políticas contables utilizadas para la elaboración del Estado de Situación Financiera de Apertura deben aplicarse durante todos los períodos incluidos en los primeros estados financieros el Estándar Internacional para pymes.

Miremos algunos casos:

Caso 1

Calsa Ltda es una pyme en proceso de convergencia. De acuerdo con el cronograma establecido en el Decreto 3022 del 2013, la entidad elaboró su ESFA con corte al 1 de enero del 2015, utilizando para ello políticas que son congruentes con el Estándar para pymes emitido en el 2009, e incorporada en la normatividad colombiana en el mencionado decreto.

La entidad no contempló la posibilidad de revaluar sus activos de propiedades, planta y equipo, dado que este modelo de medición no era permitido por la norma internacional para pymes emitida en 2009.

En aplicación al principio de uniformidad y comparabilidad, la entidad debe mantener una política de no-revaluación para la medición de este tipo de activos, para los estados financieros correspondientes al 2016, comparativo con el 2015.

Si la entidad desea hacer uso del modelo de revaluación para sus activos de propiedades, planta y equipo, podrá hacerlo solamente a partir del 1 de enero del 2017, como cambio en políticas contables para esas partidas, elaborando además las revelaciones requeridas por el mismo Estándar Internacional para pymes, en las cuales explique claramente cómo el nuevo modelo de medición contribuye a presentar información más fiable o relevante para los usuarios de los estados financieros.

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Caso 2

Venecia Ltda es una sociedad constituida el 4 de enero del 2016, y se clasificó en el Grupo 2 para la aplicación de normas de información financiera.

De acuerdo con la información aportada, la entidad debe aplicar el Estándar para pymes según el anexo 2.1 del Decreto 2420 del 2015, modificado por el Decreto 2496 del mismo año, pues este anexo entra en vigencia desde la publicación del decreto.

El citado anexo establece el costo y el valor razonable como modelos de medición de activos de propiedades, planta y equipo.

Dado que la entidad preparará sus primeros estados financieros bajo Estándares Internacionales con corte al 31 de diciembre del 2016, puede elegir aplicar el modelo de revaluación para sus activos de propiedades, planta y equipo.

Juan David Maya
Consultor

*Exclusivo para actualicese.co

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