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Terminación de contrato de trabajo por reconocimiento de pensión de vejez


Terminación de contrato de trabajo por reconocimiento de pensión de vejez
Actualizado: 21 noviembre, 2016 (hace 7 años)

La terminación unilateral de contrato de trabajo tras el reconocimiento de la pensión de vejez se configura como una justa causa para finalizar la relación laboral. Podrá ser notificada por el empleador con previa verificación del otorgamiento de la prestación económica.

Respondamos a la siguiente pregunta: ¿Cómo se debe proceder para dar por terminado el contrato de trabajo de un empleado al cual le fue reconocida la pensión de vejez?

El numeral 14 del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– dispone como justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo la causal de reconocimiento de la pensión de jubilación o invalidez cuando el trabajador se encuentre activo en la empresa.

“Para que esta figura opere y el empleador pueda dar por terminada la relación laboral, es necesario que la pensión sea otorgada mediante una resolución expedida por el fondo de pensiones del trabajador”

“14. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa”.

Para que esta figura opere y el empleador pueda dar por terminada la relación laboral, es necesario que la pensión sea otorgada mediante una resolución expedida por el fondo de pensiones del trabajador, así mismo, también se requiere que este se encuentre incluido en la nómina del fondo de pensiones que realizará mes a mes el pago de la mesada. Lo anterior se dictamina con el ánimo de garantizar al empleado  un salario o mínimo vital contemplado en el artículo 53 de la Constitución Política como respeto de los principios mínimos fundamentales contenidos en las normas laborales y en el contrato de trabajo. Dicho salario le permitirá solventar sus necesidades vitales hasta que comience a disfrutar de la prestación económica, pues los fondos de pensiones no siempre incluyen a los beneficiarios de la pensión inmediatamente se profiera dicha resolución.

Por ello, el empleador podrá notificar al empleado sobre la terminación de la relación laboral con justa causa invocando la causal ya mencionada con un término de 15 días tras confirmar que este se encuentra ya en la nómina de dicho fondo. Sin embargo, el empleado también podrá dar por terminada la relación laboral unilateralmente al ser notificado del reconocimiento de su pensión de vejez.

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