Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«Todos los ciudadanos, independientemente de su ingreso, deberían declarar el impuesto de renta»


«Todos los ciudadanos, independientemente de su ingreso, deberían declarar el impuesto de renta»
Actualizado: 12 enero, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Llegó la hora de cobrarles impuestos a las plataformas digitales para incrementar el recaudo?
  • El Gobierno no es muy amigo de eliminar exenciones tributarias para las empresas. ¿Qué opina?
  • ¿Se le deberían cobrar más impuestos a las empresas?
  • Y enfocándose en las personas naturales, ¿ampliar la base para que más declaren y paguen?

Jorge Enrique Espitia afirma que, por las exenciones tributarias recibidas por las empresas en Colombia, el Gobierno renunció a cerca de 10 billones de pesos.

Para las personas naturales se puede pensar en ampliar la base de tributación.

Muchos de los beneficios fiscales no tienen soporte técnico.

Jorge Enrique Espitia, profesor de la Universidad Nacional de Colombia y de la Escuela Colombiana de Ingeniería, y articulista en periódicos digitales en temas de hacienda pública, afirma que las exenciones entregadas a las empresas no cuentan con ningún tipo de evaluación sobre su impacto en el empleo o en el crecimiento económico.

¿Llegó la hora de cobrarles impuestos a las plataformas digitales para incrementar el recaudo?

El impuesto a las plataformas digitales y el impuesto a las transacciones financieras internacionales están en mora de implementarse, y se debe en buena medida a no hay un consenso entre países y porque la institucionalidad es muy débil.

Se puede pensar en los anuncios del presidente saliente de los Estados Unidos, Donald Trump, con la aprobación de un impuesto del 3 % sobre los ingresos locales obtenidos por parte de las grandes empresas tecnológicas (Google, Apple, Facebook y Amazon –GAFA–) en Francia. Ya Europa ha avanzado en esa dirección.

Uno de los avances consiste en romper con ese paradigma de que la tributación genera efectos perversos sobre la inversión y sobre las personas emprendedoras.

El Gobierno no es muy amigo de eliminar exenciones tributarias para las empresas. ¿Qué opina?

Las personas jurídicas declararon en 2019 por dividendos 29,6 billones de pesos. El impuesto declarado por dividendos fue de 24.800 millones de pesos. Esto significa que la tarifa efectiva de dividendos recibidos por las empresas fue del 0,084 %.

Si a esos ingresos se les hubiera aplicado la tarifa general del 33 %, el recaudo hubiera sido de 9,8 billones de pesos. Así pues, por la vía de los dividendos recibidos por las personas jurídicas, el Gobierno nacional renunció a cerca de 10 billones de pesos.

Las exenciones tributarias en las 480.190 declaraciones de renta de las personas jurídicas en el año 2019 sumaron 40 billones de pesos por ingresos no constitutivos de renta,13 billones de pesos por rentas exentas y 5 billones por descuentos tributarios.

Si las dos primeras se gravaran a la tarifa general del 33 %, el Gobierno tendría un recaudo adicional de 17 billones de pesos más los descuentos tributarios, el total sería de 22 billones de pesos.

“Estas exenciones y beneficios fiscales erosionan la base gravable del impuesto sobre la renta y profundizan la brecha entre la tarifa nominal y la tarifa efectiva que pagan las empresas”

Ahora bien, muchos de esos beneficios fiscales no tienen ningún soporte técnico ni ningún tipo de evaluación sobre su impacto sobre el empleo o sobre el crecimiento económico. El mismo Banco Mundial en su estudio sobre el gasto tributario en Colombia le recomendó al Ministerio de Hacienda evaluar esos beneficios y exenciones fiscales.

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Estas exenciones y beneficios fiscales erosionan la base gravable del impuesto sobre la renta y profundizan la brecha entre la tarifa nominal y la tarifa efectiva que pagan las empresas. Si se calcula la tarifa efectiva como la relación entre el impuesto a pagar y los ingresos brutos menos los costos y gastos de administración, distribución y ventas, la tarifa pasa del 33 % al 18 %.

Dado que la otra vena abierta del impuesto sobre la renta y complementario de las personas jurídicas son los rubros denominados gastos de administración y gastos de distribución y ventas, donde no hay ningún tipo de límites y se presentan altos niveles de heterogeneidad entre empresas de la misma actividad económica, y se calcula la relación entre el impuesto a pagar y los ingresos brutos menos los costos, la tarifa pasa del 33 % al 4 %.

¿Se le deberían cobrar más impuestos a las empresas?

Para el caso de las personas jurídicas, se debe pensar en cerrar la brecha entre la tarifa nominal y la tarifa efectiva. En ese evento, se puede pensar en reducir la tarifa nominal al 20 % o al 25 % y no en el 33 %, y se obtendría un mayor recaudo.

Ahora bien, dada la heterogeneidad que hay a nivel de las empresas en ingresos y en ingresos menos costos y gastos, se puede pensar en tener tarifas progresivas sobre la renta.

Ya que la heterogeneidad a nivel empresarial en relación con los patrimonios es importante, se debe pensar en un impuesto progresivo al patrimonio de las empresas. En casi todas las crisis anteriores a la pandemia, el Gobierno nacional empleó impuesto al patrimonio para paliarlas. ¿En este momento, por qué no?

Y enfocándose en las personas naturales, ¿ampliar la base para que más declaren y paguen?

En el caso de las personas naturales se puede pensar en ampliar la base de tributación. Que todos los ciudadanos, independientemente de su ingreso, declaren el impuesto sobre la renta y complementario con tarifas progresivas como las que tiene actualmente el Estatuto Tributario.

Esa base administrativa le será muy útil al Gobierno nacional para implementar políticas sociales. La devolución del IVA hoy no llega al cien por ciento de las familias pobres.

Ahora bien, dada la alta concentración del ingreso y del patrimonio en el 1 % como en el uno por mil (1 x 1000) más rico, se debe pensar en tarifas progresivas para esas personas en el impuesto sobre la renta como en el impuesto sobre los dividendos y sobre el patrimonio.

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