Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cotización a la ARL por trabajador independiente que recibe menos de un salario mínimo


Actualizado: 14 agosto, 2017 (hace 7 años)

¿Si un trabajador independiente tiene un contrato por prestación de servicios inferior a un mes, debe cotizar a la ARL?

Natalia Jaimes Lúquez, abogada y especialista en derecho laboral, señala que de acuerdo con las reglas de la Resolución 5858 de 2016, los trabajadores independientes que hayan celebrado un contrato de prestación de servicios por período inferior a un mes no quedan obligados a cotizar y pagar ARL. Ahora bien, si la persona desea hacer la afiliación de forma voluntaria lo puede hacer utilizando la planilla “I” de independientes, y tomar el código 57.

Así mismo, vale la pena destacar que los trabajadores independientes deben cotizar al sistema de seguridad social en salud sobre el 40 % del valor recibido mensualmente.

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