Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«Empresas ya deben estar poniendo en marcha y ejecutando su respectivo SG-SST»


«Empresas ya deben estar poniendo en marcha y ejecutando su respectivo SG-SST»
Actualizado: 29 octubre, 2018 (hace 5 años)

Marlene Romero Medina, gerente de remuneraciones y servicios administrativos de SigloBPO explica en Actualícese que en diciembre de 2018 la empresa deberá formular su plan anual del SG-SST de 2019, y que las ARL podrán dar asesorías. Brindó dos recomendaciones para las compañías que están atrasadas.

Toda empresa, empleador o contratante debe estar implementando durante este año su sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, según los lineamientos y fechas establecidos por el Ministerio del Trabajo, el cual es de obligatorio cumplimiento para evitar multas y sanciones.

Marlene Romero Medina, gerente de remuneraciones y servicios administrativos de SigloBPO afirma que a estas alturas del año las empresas deben estar en la tercera fase, ejecución, y tiene plazo hasta el mes de diciembre. «Para implementar de manera correcta el SG-SST, el Ministerio del Trabajo estableció, mediante la Resolución 1111 de marzo de 2017, una guía que le permitirá a las empresas implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, teniendo en cuenta que esta implementación es de obligatorio cumplimiento para: empresas públicas y privadas; para trabajadores dependientes e independientes; para contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo; para empresas de servicios temporales; para estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, y para y trabajadores en misión», afirma.

Igualmente, en el artículo 10 de la Resolución 1111 de 2017 se establecen las fases de adecuación, transición y aplicación del SG-SST con estándares mínimos, así como los plazos para el cumplimiento de cada fase por parte de las empresas. «Lo que viene entre enero y marzo del próximo año es el seguimiento y plan de mejora, y la última fase (la quinta) es de inspección, vigilancia y control a partir de abril de 2019 en adelante. A partir de 2020 la implementación debe haber cumplido todas las fases, y ejecutarse integralmente dentro de los estándares mínimos del sistema», afirma Romero Medina.

“Si en abril del próximo año no se ve nada por parte de las empresas, ya habría un incumplimiento legal”

En conclusión, dice Romero Medina, las empresas, entre enero y diciembre de 2018 deben estar poniendo en marcha y ejecutando su SG-SST respectivo. De igual forma, en diciembre de este año la empresa deberá formular su plan anual del SG-SST del 2019. «Es importante considerar que las administradoras de riesgos laborales –ARL– están en capacidad de asesorar a las empresas en todo este proceso de implementación», recalca.

Si en abril del próximo año no se ve nada por parte de las empresas, ya habría un incumplimiento legal. «La recomendación para estas empresas es continuar su implementación de acuerdo con la fase en la que están y tratar de hacerlo lo antes posible», dice Romero Medina. A partir de dicho mes, el Ministerio del Trabajo comenzará a verificar el cumplimiento de los estándares mínimos del SG-SST por parte de las empresas.

Ella plantea una serie de recomendaciones para las empresas que se encuentren en esta situación: la primera es documentar todos los pasos realizados hasta esa fecha, de manera que se pueda evidenciar el trabajo realizado, así como las razones que han impedido el cumplimiento oportuno de las fases respectivas, indicando no solo las causas del retraso, sino las acciones correctivas tomadas por la empresa para poder seguir su proceso de implementación.

«Hay que tener en cuenta que las razones pueden estar relacionadas con aspectos tecnológicos, patrimoniales, financieros y/o administrativos o en algunos casos disponibilidad de los recursos o falta de conocimiento, estos aspectos son indispensables para el funcionamiento y desarrollo de todas las actividades de implementación», explica.

La segunda recomendación es continuar la implementación en la fase en que vayan hasta la fecha, teniendo en cuenta que pueden designar mayores recursos humanos y/o financieros; apoyarse en su ARL para que le preste asesoría y asistencia técnica, y recurrir a los servicios de una empresa certificada en la asesoría y elaboración del SG-SST, teniendo en cuenta que el plazo máximo no debe pasar de diciembre de 2019, mes en que no solo deberá estar implementado el SG-SST al 100 %, sino que la empresa deberá definir toda la planeación de dicho sistema para 2020.

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