Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Minimización del riesgo de detección


Actualizado: 20 octubre, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Roberto Valencia.

¿Cómo se puede minimizar el riesgo de detección?

Pregunta resuelta 5 de octubre de 2022

El Dr. Roberto Valencia, especialista en auditoría y revisoría fiscal, explica que el riesgo de detección se refiere a la posibilidad de que los procedimientos de auditoría no detecten los errores. Siempre hay posibilidad de que el auditor no detecte el 100 % de los errores y por eso siempre existirá riesgo de detección, aunque sea mínimo. La mejor forma de minimizar el riesgo de detección es cubrir todas las operaciones.

El conferencista expresa que el riesgo de detección forma parte de los tipos de riesgos que hay en la auditoría, que son: el riesgo inherente, riesgo de detección y riesgo de control. Los tres tipos de riesgos están enfocados al riesgo de auditoría. El riesgo de auditoría se puede resumir como la conclusión errónea de los estados financieros.

El riesgo inherente es el tipo de riesgo que está basado en el contexto, la probabilidad e impacto de alguna situación; es un riesgo incontrolable y el auditor solo puede evaluarlo con base en la probabilidad y el impacto.

Por su parte, el riesgo de control se refiere a que, existiendo un control, este no cubra el riesgo adecuadamente (riesgo inherente) que esté mal diseñado o que no exista.

Para minimizar el riesgo de detección se deben realizar buenas valoraciones de riesgo inherente y pruebas en procedimientos apropiados sobre los controles, además de concluir si el control funciona o no y determinar el alcance de los procedimientos sustantivos: analíticos o de detalle.

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