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Prestadores de servicios públicos: proyecto de decreto amplía monto de multas en caso de incumplimiento


Prestadores de servicios públicos: proyecto de decreto amplía monto de multas en caso de incumplimiento
Actualizado: 28 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Problemáticas alrededor de temas como facturación, prestación e instalación de servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas en el país son las que reciben la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. En el primer semestre de este año se han recibido 54.817 reclamaciones en segunda instancia. Así lo afirma Patricia Duque Cruz, superintendente de Servicios.

La superintendente de Servicios Patricia Duque Cruz afirmó que 54.817 reclamaciones en segunda instancia recibió la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliaros en el primer semestre del año, en temas relacionados con la facturación, prestación e instalación de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas en el país.

“De los trámites recibidos en los primeros seis meses del año, el 47% correspondió a recursos de apelación, el 24% a peticiones, quejas y reclamos, el 17% a recursos de queja, el 8% a silencios administrativos positivos y el restante 4% corresponde a recursos de reposición y revocatorias”, dice.

Por servicios, el de Energía eléctrica registró el mayor número de reclamaciones con 28.710 casos que representan el 52% del total. Le siguió Acueducto con 13.467 (25%), Aseo con 9.538 (18%) y Gas natural con 2.883 (5%).

Por regiones, la costa Caribe presentó el mayor número de reclamaciones con 19.371 casos, es decir el 35% del total. Le sigue el centro del país con 32%, oriente con 16%, suroccidente con 11% y occidente con el 6%.

“En el sector de energía y gas, la superintendencia recibió 31.364 reclamaciones; de ellas el 88% por concepto de facturación, 9% por instalación, y el 3% por prestación del servicio. El cobro de consumos dejados de facturar es para los usuarios la principal causa de inconformidad con las empresas prestadoras”, dice Duque Cruz.

En relación con estos servicios, los cinco municipios con mayor número de reclamaciones por cada mil habitantes fueron Piendamó – Cauca con 7,11, Planeta Rica – Córdoba (6,52); Valledupar (6,11); Cajibio – Cauca (5,49) y El Tambo – Cauca (5,07).

En porcentaje, los cinco prestadores con mayor número de reclamos fueron Electricaribe (45%), Compañía Energética de Occidente (10,8%), Codensa (7,5%), Electrificadora del Meta (5,5%) y Gas Natural (3,8%).

“En el sector de acueducto, alcantarillado y aseo, los ciudadanos radicaron 23.183 reclamaciones. El 77% de los casos está relacionado con la facturación; 22%, con la prestación del servicio y 1%, con problemas en la instalación. Los cobros desconocidos constituyeron la principal causal reportada por la comunidad”, dice Duque Cruz.

Sobre estos servicios, los cinco municipios con mayor número de reclamaciones por cada mil habitantes fueron Cúcuta con un índice del 10,32; Floridablanca – Santander con 5,99, Ríohacha con 1,22, Malambo con 1,10 y Neiva con 0,97.

En porcentaje, las cinco empresas con mayor número de reclamos fueron la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (27,25%), Proactiva Oriente (26,9%), Triple A de Barranquilla (3,6%), Empresas Públicas de Medellín (3,4%) y Rediba (3,1%).

Gobierno presenta proyecto de decreto que fija criterios sobre multas que se han de imponer por Superservicios

“Gobierno presentó a la ciudadanía el borrador del decreto reglamentario que define los criterios y metodología para la aplicación de multas por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios”

Duque Cruz dijo que el Gobierno presentó a la ciudadanía el borrador del decreto reglamentario que define los criterios y metodología para la aplicación de multas por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a los prestadores de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía, gas y alumbrado público.

“En el proyecto formulado con participación de la Superservicios, el Departamento Nacional de Planeación y los ministerios del sector, se fijan los criterios para imponer multas, entre ellos, el impacto de la infracción sobre la prestación del servicio público, el tiempo durante el cual se presentó y el número de usuarios afectados”, asegura Duque Cruz.

Igualmente, establece la metodología y cálculo para determinar las multas a los prestadores, así como las circunstancias de atenuación y de agravación de las mismas. En este último aspecto, señala como casos que hay que tener en cuenta, la reincidencia del hecho sancionado, preexistencia de sanciones, antecedentes de renuencia del prestador a requerimientos de la superintendencia, o disponibilidad de colaboración en desarrollo de las investigaciones.

“Este proyecto de decreto es la base para la reglamentación del artículo 208 de la Ley 1753 del 2015, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018”El artículo amplió el monto de las multas que puede imponer la Superservicios, hasta 2 mil salarios mínimos legales mensuales a personas naturales, y hasta cien mil a las empresas.

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