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Relación entre recaudo tributario y PIB del país presenta una preocupante trayectoria descendente


Relación entre recaudo tributario y PIB del país presenta una preocupante trayectoria descendente
Actualizado: 7 mayo, 2019 (hace 5 años)

Para la Anif el hecho de que a las empresas se les reduzcan los impuestos no quiere decir que el PIB del país se acelerará y el recaudo tributario se incrementará. Desde el punto de vista de la entidad, se ratifica que la Ley 1943 de 2018 no era lo que requería la sostenibilidad fiscal de Colombia.

En la publicación Comentario económico del día, del 23 de abril de 2019, titulada Tributación efectiva corporativa en Colombia (2019-2022), la Anif analiza la idea del Gobierno contenida en la Ley de financiamiento 1943 de 2018, y que la entidad llama “economía voodo”. Según la teoría del Gobierno, las rebajas en las tasas impositivas corporativas se traducen más que proporcionalmente en aceleración del PIB-real, y con ello, supuestamente, se incrementa el recaudo total de la economía.

Desde el punto de vista de la Anif no existe evidencia económica que sustente dicha idea, ya que bajo la misma fracasaron en las intenciones que hicieron públicas Reagan, Bush padre y ahora Trump. «El rebote económico fue efímero y tuvieron que enfrentar serios deterioros fiscales que, a la postre, borraron la reactivación económica, al tener que recurrir a mayor deuda pública. Y, finalmente, a tener que elevar los impuestos», indica la publicación.

“la relación recaudo/PIB de Colombia presenta una preocupante trayectoria descendente, pues estaría cayendo del 14,5 % en 2015 a un 13,6 % en 2020, y probablemente a un 13,2 % en 2022”

La Anif hace énfasis en que la relación recaudo/PIB de Colombia presenta una preocupante trayectoria descendente, pues estaría cayendo del 14,5 % en 2015 a un 13,6 % en 2020, y probablemente a un 13,2 % en 2022. «Así, la brecha en materia de recaudo tributario respecto de la media de América Latina, en vez de cerrarse en al menos un 1.5 % del PIB, se ha agravado hacia un porcentaje cercano al 3 % del PIB». Con lo anterior, y desde la perspectiva de la entidad autora de la publicación, se ratifica que la Ley 1943 de 2018 no era lo que requería la sostenibilidad fiscal del país.

La Anif asegura que el problema radica en que los incrementos en la tributación de los hogares más ricos (+0,2 % del PIB) y de algunos impuestos específicos (+0,3 % del PIB) no lograrán compensar la pérdida proveniente del recaudo empresarial       (-1 % del PIB) entre 2019 y 2022.

En su estudio, la Anif reflexiona y pone sobre la mesa el siguiente razonamiento: «Resulta pertinente evaluar si en realidad era tan urgente tomar esta idea al azar de sacrificar tanto recaudo-empresarial para acercarse a la competitividad benchmark, por ejemplo, de los países de la OCDE».

Aplicando lo anterior a las empresas colombianas

Como argumento de todo lo anterior, la Anif presenta en su publicación, a través de un cuadro, la evolución de la carga tributaria efectiva de una gran empresa en Colombia entre 2011 y 2019, y proyecta lo que ocurriría hacia 2022 (con base en la Ley 1943 de 2018). Se observa que esa carga tributaria total ha descendido de los exagerados niveles del 60 % de las utilidades que se tuvieron en el 2011 hacia un 57 % en 2012-2016, esto como resultado de aliviar las cargas de tipo parafiscal-laboral (ICBF, Sena y aportes a salud, según la Ley 1607 de 2012); pero incrementando el impuesto de renta y aliviando el impuesto a la riqueza (según la Ley 1739 de 2014).

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Más recientemente, la Ley 1819 de 2016 continuó aliviando las cargas del impuesto de renta y suprimiendo las del impuesto a la riqueza, reduciendo la carga efectiva sobre utilidades en 2017 al 56 %, y proyectando que continuaría descendiendo hacia el 49 % para 2019. «Este 49 % de carga efectiva ya se acercaba bastante al 45 % de carga efectiva que reportaba el promedio de las firmas en países de la OCDE, lo que hacía evidente que era innecesario y riesgoso continuar sacrificando recaudo empresarial», explica la entidad.

Cálculos de la Anif indican que esta Ley 1819 de 2016 reducirá la carga efectiva corporativa de un 48 % a un 45 % en 2020, y a un 44 % en 2022, «lo que implica un monumental sacrificio fiscal, al reducirse el recaudo neto en cerca del 1 % del PIB».

Dado el alto riesgo fiscal que se ha tomado con la Ley 1943 de 2018, la Anif indica que al aliviar en exceso la carga empresarial, seguramente entre 2020 y 2022 se requerirá una nueva reforma tributaria que corrija el desplome de los ingresos tributarios, pues claramente la sola gestión administrativa de la Dian resultará insuficiente.

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