Consejo de Estado
Sentencia 434613
22-01-2015
El Consejo de Estado, reafirma que para efectos de contabilizar el término de la prescripción de la sanción moratoria establecida en la Ley 50 de 1990 debe tenerse como inicio del conteo el momento de la terminación de la vinculación laboral, que es cuando verdaderamente se causa o se hace exigible esta prestación social.