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Si S.A.S. queda con pasivos, responsable es la persona jurídica y su patrimonio


Si S.A.S. queda con pasivos, responsable es la persona jurídica y su patrimonio
Actualizado: 28 octubre, 2014 (hace 10 años)

Cada vez más las sociedades de responsabilidad limitada se han ido transformando en S.A.S. para que los accionistas solamente se responsabilicen hasta el monto de sus aportes y no con su patrimonio personal.

Resolvamos el siguiente caso. En el pasado tuve una sociedad que quebró quedando con embargos. Actualmente estoy comprando un apartamento con crédito hipotecario. Temo que este pueda ser embargado por deudas viejas. ¿Puedo afectarlo a vivienda familiar aunque no viva en él?

La persona jurídica es un ente distinto a quienes la conforman. Si una sociedad mercantil constituida bajo la figura de S.A.S. quedó con pasivos, el responsable es dicha persona jurídica y su propio patrimonio. Solamente se puede perseguir a los accionistas hasta el monto de sus aportes y esta es por deudas tributarias y laborales.

Situación contraria que se presenta en las sociedades de responsabilidad limitada donde se puede perseguir el patrimonio universal más allá del aporte del monto de los aportes cuando la deuda es tributaria o laboral.

Cada vez las sociedades de responsabilidad limitada se han ido transformando en S.A.S. para que los accionistas solamente se responsabilicen hasta el monto de sus aportes y no con su patrimonio personal.

Retomando el caso que nos plantean, si hablamos de una sociedad por acciones, como la anónima o la S.A.S., y la antigua empresa quebró o quedó con muchos pasivos, y este accionista ya pagó la totalidad de las acciones suscritas significa que ya no se le puede perseguir el patrimonio.

Es importante tener en cuenta que en la sociedad que quebró que los pasivos que se quedaron debiendo, la persona no aparezca como deudor solidario o codeudor porque en muchas sociedades mercantiles cuando adquiere un crédito bancario, los bancos hacen firmar al representante legal también a título personal. De esta forma, el banco puede perseguir el patrimonio de la persona natural.

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