Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

IVA, el impuesto del que más se habla y discute en la Ley de crecimiento económico


IVA, el impuesto del que más se habla y discute en la Ley de crecimiento económico
Actualizado: 13 diciembre, 2019 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Continúa la devolución del IVA para los más necesitados
  • ¿Cómo se escogerá a los beneficiados?
  • No está claro cómo se controlará el destino del dinero
  • IVA para algunos medicamentos

Servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio estarían excluidos del IVA.

Continúa adelante la idea de la devolución del IVA para las familias de más bajos recursos.

No está claro cómo se controlará el destino de la cifra que se le vaya a entregar a las familias.

En la ponencia radicada el 11 de diciembre de 2019 como proyecto de Ley de crecimiento económico, para el segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, quizá el impuesto que más discusiones originará será el IVA.

Algunos de los servicios excluidos del IVA que nombra el documento son:

  • Servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio para la salud humana.
  • Planes obligatorios de salud del sistema de seguridad social en salud expedidos por entidades autorizadas por la Superintendencia Nacional de Salud, servicios prestados por las administradoras dentro del régimen de ahorro individual con solidaridad y de prima media con prestación definida, servicios prestados por administradoras de riesgos laborales y los servicios de seguros y reaseguros para invalidez y sobrevivientes.
  • Servicios de educación prestados por establecimientos de educación preescolar, primaria, media e intermedia, superior y especial o no formal.
  • Servicios de conexión y acceso a internet de los usuarios residenciales del estrato 3.
  • Para el servicio local de telefonía se excluyen del impuesto los primeros 325 minutos mensuales del servicio facturado a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3, y el servicio telefónico prestado desde teléfonos públicos.
  • Los servicios públicos de energía y el gas para la prestación del servicio público de gas domiciliario, y el servicio de gas domiciliario, ya sea conducido por tubería o distribuido en cilindros, entre otros.

Continúa la devolución del IVA para los más necesitados

El texto confirma la idea de compensar el IVA a favor de la población más necesitada del país:

«Créase a partir del año 2021 una compensación a favor de la población más vulnerable para generar mayor equidad en el sistema del impuesto sobre las ventas –IVA–, la cual se implementará gradualmente en los términos que defina el Gobierno nacional», indica la ponencia.

La devolución corresponderá a una suma fija en pesos que el Gobierno definirá teniendo en cuenta el IVA que en promedio pagan los hogares de menores ingresos, la cual será transferida bimestralmente.

TAMBIÉN LEE:   Planifica a tiempo y sin errores: obligaciones tributarias por cumplir en marzo de 2024

¿Cómo se escogerá a los beneficiados?

“El DNP tendrá en cuenta aspectos como la situación de pobreza y de pobreza extrema. De igual forma, podrá considerar el Sisbén o el instrumento que haga sus veces.”

Los beneficiarios de la compensación serán las personas más vulnerables determinadas por el Ministerio de Hacienda a través de resolución, según la metodología de focalización que defina el Departamento Nacional de Planeación –DNP–.

El DNP tendrá en cuenta aspectos como la situación de pobreza y de pobreza extrema. De igual forma, podrá considerar el Sisbén o el instrumento que haga sus veces.

No está claro cómo se controlará el destino del dinero

Se utilizarán los programas de asistencia a la población vulnerable con los cuales cuenta el Gobierno, para la canalización de los recursos, y se definirán los mecanismos para hacer efectiva la compensación y controlar su uso adecuado.

La ponencia también indica que se podrán realizar evaluaciones del impacto de esta medida.

IVA para algunos medicamentos

Algunos medicamentos pasan de ser excluidos a ser exentos. Cabe aclarar que los bienes exentos del IVA son aquellos que están gravados, pero que dan derecho a la devolución del impuesto. Por su parte, los excluidos no causan IVA, por lo que no pueden descontar los valores pagados, ni tienen derecho a devolución.

En el paquete están las provitaminas y vitaminas, antibióticos, productos inmunológicos modificados, entre otros.

La medida haría que el Estado deje de recibir una suma cercana a los 300.000 millones de pesos. Sin embargo, este ingreso tendría un fuerte impacto social para el bolsillo de los colombianos alrededor del tema de la salud.

La medida busca subsanar una competencia desleal que hay entre laboratorios.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,