Los trabajadores por horas son aquellos que trabajan algunas horas al día y, debido a la duración de su jornada laboral, son trabajadores a tiempo parcial. Su seguridad social se rige por el esquema de cotización por semanas del Decreto 2616 de 2013.
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Los trabajadores a tiempo parcial son aquellos cuyas jornadas laborales se caracterizan por ser inferiores a las de los trabajadores a tiempo completo y además devengan ingresos mensuales inferiores a un (1) smmlv.
En relación con la duración de la jornada laboral, los trabajadores a tiempo parcial se pueden clasificar de la siguiente manera:
Debido a que su jornada laboral es inferior a la jornada máxima legal, los trabajadores a tiempo parcial reciben una remuneración proporcional a las horas trabajadas.
La seguridad social de los trabajadores por horas se gestiona mediante la modalidad de cotización por semanas. Este esquema establece que la base mínima de cotización para este tipo de trabajadores será una cuarta (¼) parte del salario mínimo mensual vigente ($290.000 por el 2023), la cual se denominará “cotización mínima semanal”.
Para este tipo de trabajadores, la base mínima de cotización se determinará por los días laborados en el mes de la siguiente manera:
Días laborados en el mes |
Monto de la cotización |
Entre 1 y 7 días |
1 cotización mínima semanal |
Entre 8 y 14 días |
2 cotizaciones mínimas semanales |
Entre 15 y 21 días |
3 cotizaciones mínimas semanales |
Más de 21 días |
4 cotizaciones mínimas semanales |
2. Para riesgos laborales, el IBC será en todos los casos de 1 smmlv ($1.160.000 por el 2023).
Cuando el trabajador a tiempo parcial labore por horas, independientemente del número de horas que trabaje al día, se tendrá en cuenta el día completo para efectos del esquema de cotización mínima semanal. Es decir, si por ejemplo un trabajador doméstico labora 3 horas diarias por 2 días a la semana durante todo el mes, se entiende que, para la aplicación del esquema de cotización, este trabajador ha laborado 8 días al mes.
En el siguiente video, la Dra. Angie Vargas, experta consultora en derecho laboral, lo explica brevemente:
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