Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aplicación del período de prueba en contratos de prestación de servicios


Actualizado: 3 julio, 2017 (hace 7 años)

¿Es legal establecer un periodo de prueba en un contrato de prestación de servicios?

La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, aclara que en un contrato de prestación de servicios no puede establecerse un período de prueba porque esta es una herramienta jurídica que solo aplica en los contratos de trabajo.

Recordemos que el período de prueba se encuentra regulado en el artículo 76 del CST y siguientes, norma que se refiere entre otras cosas, a:

“Artículo 78. DURACION MAXIMA. Modificado por el art. 7, Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses.

En los contratos de trabajo a término fijo cuya duración sea inferior a un (1) año el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.

Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, salvo para el primer contrato”.

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