A través de la Circular Externa 100-000004 de 2020, la Superintendencia de Sociedades precisa el alcance de la Circular Externa 100-00002 de 2020, por medio de la cual imparte instrucciones y recomendaciones frente al desarrollo de reuniones del máximo órgano social, a propósito de la emergencia sanitaria que atraviesa el país por el coronavirus (COVID-19), conforme a lo previsto en el Decreto 434 de 2020.
Establece, entonces, que las personas jurídicas con la convocatoria pendiente por realizar o realizada, pero sin posibilidad de poder llevar a cabo la reunión, podrán acogerse a los términos previstos en el Decreto 434 de 2020.