El contrato de permuta se pacta en las relaciones comerciales, en las cuales los suscritos realizan un intercambio de bienes; es decir, es una operación mercantil de adquisición en la que no se requiere la intermediación de la moneda como mecanismo de poder adquisitivo, sino que entre las partes se pacte el trueque de dos bienes equivalentes, o puede presentarse la necesidad de que se ajuste por medio de la entrega de algún adicional que puede estar representado en dinero.