El prevalidador del formato 2516 v. 5 de conciliación fiscal indica cuáles renglones de los formularios de declaración de renta del año 2021 se deben considerar para calcular si el contribuyente, del régimen ordinario o del especial, superó o no el monto de las 45.000 UVT.
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El pasado 25 de junio de 2018 la Dian liberó su formulario 210 del año gravable 2017 en la plataforma Muisca. Al ingresar se deben responder cuatro preguntas de control, la mayoría de ellas necesarias para establecer correctamente los valores por rentas exentas limitadas dentro de las cinco cédulas.
El aplicativo de la Dian solo facilita la elaboración del formulario 210 para el caso de los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad. Los contribuyentes residentes obligados a llevar contabilidad y los no residentes necesitarán otras herramientas como las que ofrecemos en Actualícese.
Los asalariados residentes que declaren renta por el 2017 deberán tener cautela con la forma en que llevarán al formulario 210 la información certificada por sus empleadores en el formulario 220. En este artículo ilustramos cómo se diligenciaría la renta ordinaria y la renta presuntiva.
A través de la Resolución 000032 de mayo 23 de 2018, la Dian finalmente dio a conocer el formulario para presentar las declaraciones de renta ceduladas de personas naturales residentes obligadas o no a llevar contabilidad. En dicho formulario, se hicieron ajustes al cálculo de la renta presuntiva.
El formulario 220, para certificar rentas de trabajo del año gravable 2017, fue prescrito con el artículo 3 de la Resolución 000002 de 2018. En esta herramienta puede visualizar cómo este quedaría diligenciado, si se tienen en cuenta los datos suministrados a modo de ejemplo para cinco asalariados.
Cuando se prescribió el formulario 220 para certificar las rentas de trabajo por el año gravable 2017, no se tuvieron en cuenta algunas reglamentaciones del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017 y que sí aplican para el año gravable 2017, por eso la Dian le realizó algunos ajustes.
El formulario 220 prescrito con la Resolución 000002 de 2018 tenía 3 defectos importantes que fueron ajustados por la Dian en enero 22 de 2018, pues no se tuvieron en cuenta las reglamentaciones del Decreto 2250 de 2017. No se ha publicado una nueva resolución para oficializar dichos ajustes.
En esta plantilla se reproduce el formulario 220 para certificar rentas de trabajo del año gravable 2017, el cual fue prescrito con el artículo 3 de la Resolución 000002 de enero 15 de 2018, pero que fue ajustado el 22 de enero 2018. Dicho certificado debe ser expedido antes de marzo 16 de 2018.
A través del artículo 3 de la Resolución 000002 de enero 15 de 2018 la Dian prescribió el nuevo formulario 220 que se usará para expedir el certificado por rentas de trabajo del año gravable 2017. En este se aplicaron varios de los cambios introducidos por la Ley 1819 de 2016.
De acuerdo con las propuestas contenidas en un proyecto de resolución de la Dian los primeros formularios de 2018 a prescribir serían el 120, 160, 250, 300, 310, 350, 400, 410, 430, 440 y 490. El formulario 250 sería para la declaración de monotributo y el formulario 220 tendría más renglones.
Al momento de establecer la forma en que las personas naturales y sucesiones ilíquidas depurarán las bases de sus impuestos de renta, además de definir los tipos de tarifas que aplicarán a dichas bases, es necesario identificar las características y diferencias básicas entre estas.