Con la Resolución 000042 de 2020 la Dian brindó nuevos parámetros para la implementación, generación y expedición de la factura electrónica.
Quienes se encuentren obligados a facturar electrónicamente deberán tener en cuenta estos aspectos fundamentales para cumplir con esta obligación.
La factura electrónica deberá ser expedida por todos aquellos que vendan bienes o presten servicios, independientemente de su calidad de contribuyentes o no de los impuestos administrados por la Dian.
Las entidades sin ánimo de lucro que solo perciban donaciones no estarán obligadas a expedir factura electrónica.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció nuevas disposiciones que regularán los sistemas de facturación vigentes.
Dicha resolución, además, fijó tres nuevos calendarios para la implementación de la facturación electrónica.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció el nuevo calendario que fija los plazos para la implementación de la facturación electrónica.
Dicha resolución, además, señala nuevos requisitos y aspectos relacionados con los sistemas de facturación vigentes.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció el nuevo calendario que fija los plazos para la implementación de la facturación electrónica.
Dicha resolución, además, señala nuevos requisitos y aspectos relacionados con los sistemas de facturación vigentes.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció el nuevo calendario que fija los plazos para la implementación de la facturación electrónica.
Dicha resolución, además, señala nuevos requisitos y aspectos relacionados con los sistemas de facturación vigentes.
El Decreto 358 del 5 de marzo de 2020 dio origen a la ya famosa Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, que contiene todo lo relacionado con el sistema de facturación en Colombia, en donde su último artículo 96 deroga todo lo existente hasta ese momento en temas de facturación y documentos equivalentes.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció el nuevo calendario que fija los plazos para la implementación de la facturación electrónica.
Dicha resolución, además, señala nuevos requisitos y aspectos relacionados con los sistemas de facturación vigentes.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció nuevas disposiciones que regularán los sistemas de facturación vigentes.
Dicha resolución, además, fijó tres nuevos calendarios para la implementación de la facturación electrónica.
Mediante la Resolución 000042 de 2020, la Dian fijó los nuevos plazos en los cuales los obligados a facturar electrónicamente deberán comenzar a emitir esta factura.
La Ley 2010 de 2019 introdujo novedades respecto a las sanciones tributarias aplicables para quienes no cumplan con esta obligación.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció el nuevo calendario que fija los plazos para la implementación de la facturación electrónica.
Dicha resolución, además, señala nuevos requisitos y aspectos relacionados con los sistemas de facturación vigentes.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció nuevas disposiciones que regularán los sistemas de facturación vigentes.
Dicha resolución, además, fijó tres nuevos calendarios para la implementación de la facturación electrónica.