El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, en el Concepto 518 del 24 de junio del 2016, aclaró conceptos relacionados con la responsabilidad del contador público frente a la información financiera de la entidad contratante y señaló que esta se limita a la vigencia del contrato. Lo anterior toda vez que el profesional contable no está en obligación de responder por situaciones ocurridas antes de iniciar la labor por la cual fue contratado.