Condiciones para el pago de la mesada pensional para jubilados mayores a 70 años cambian. Ya no será necesario un poder autenticado de un tercero.
A través del Decreto 582 de 2020, el Ministerio del Trabajo implementó medidas para la protección de los derechos de los pensionados, los beneficiarios de los beneficios económicos y periódicos –BEPS– y los beneficiarios del programa de subsidio al aporte en pensión –PSAP–, con ocasión del COVID-19.
Entre dichas medidas se encuentran la modificación temporal y parcial del artículo 2.2.14.1.24 del Decreto 1833 de 2016, en el sentido en que los afiliados al programa PSAP no perderán su condición de beneficiarios por la causal establecida en el numeral 4 del mencionado artículo.