Dian expide el Concepto 914 de 2021, mediante el cual procede de manera general a indicar el ABC para la aplicación de la deducción por primer empleo consagrada en el artículo 108-5 del Estatuto Tributario –ET–.
La norma del artículo 108-5 del ET se reglamentó con el Decreto 392 de 2021 y la Resolución 0846 de abril 14 de 2021.
El beneficio tributario solo aplica hasta cuando el trabajador alcance los 28 años.
El proyecto de reforma tributaria indica que este beneficio desaparecería a partir de enero 1 de 2023.
Ministerio de Hacienda expide el Decreto 392 de 2021, mediante el cual reglamenta el artículo 108-5 del ET relacionado con la deducción del primer empleo.
De acuerdo con el decreto en mención, para la procedencia de la deducción del primer empleo se deberá cumplir con la totalidad de ciertos requisitos entre los cuales se destacan: ser contribuyente obligado a presentar la declaración del impuesto sobre la renta, realizar pagos por concepto de salarios a empleados menores de 28 años contratados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 2010 de 2019, entre otros.
Mediante proyecto de decreto, Minhacienda dio a conocer lo que sería la reglamentación de la deducción del primer empleo, creada por la Ley 2010 de 2019.
Procedería para personas naturales y jurídicas por pagos en relación con los empleados menores de 28 años, siempre y cuando sea su primer empleo.