Desde la expedición de la Ley 1607 de 2012, los ganaderos y demás productores de bienes exentos de IVA mencionados en el artículo 477 del ET pertenecen al régimen común de dicho impuesto y están obligados a facturar. Por tanto, a partir de 2019 también estarían obligados a facturar electrónicamente.