Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: enero 10 2018

Oficio 220-000885 de 05-01-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 5 enero, 2018

La Superintendencia de Sociedades precisa que, de acuerdo con los artículos 401 y 406 del Código de Comercio, para materializar el traspaso de una parte de las acciones de un título, es preciso cancelar éste título y expedir en números consecutivos los títulos de las acciones que permanezcan en cabeza del vendedor, así como los títulos de los adquirientes, operación que deberá quedar registrada en el libro de registro de accionistas. Por otra parte, en el caso de las sociedades por acciones simplificadas reguladas por la Ley 1258 de 2008, es pertinente tener en cuenta que, para la transferencia de acciones se siguen los mismos lineamientos generales previstos para las sociedades por acciones, lo que entre otros supone que al tratarse de título normativos, se requiere el endoso y el registro en el libro de registro de accionistas.

Concepto 17389333 de 03-01-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 3 enero, 2018

La figura de la marca tridimensional es legal de acuerdo a la Decisión 486 de 2000, y se encuentra perfectamente reglamentada tanto en la mencionada norma como en la jurisprudencia andina. Esta figura está ligada al concepto de volumen, es decir, es un elemento que protege las tres dimensiones, y es de esta forma que se debe entender la aplicación de los derechos concedidos a su titular. Lo anterior, nos permite establecer que el titular de una marca tridimensional tiene la facultad de impedir que sus competidores usen la forma tridimensional de su propiedad, ya que un uso no autorizado podría colocar en riesgo de confusión a los consumidores. En cuanto a la comparación de las figuras de la marca tridimensional con el diseño industrial, es pertinente precisar que del análisis conceptual de las mismas se evidencia que no se puede equiparar el requisito de distintividad que se requiere en temas de marcas, con la novedad que se le pide a los diseños industriales que pretenden ser registrados, ello, en la medida en que uno y otro se enfocan a características diferentes del objeto a proteger. Es claro entonces, que estos dos conceptos son diferentes y pertenecen a figuras claramente distintas, contando con un papel fundamental dentro de las áreas de la propiedad industrial, y buscando cada una de ellas la protección de elementos diferentes de la creación del intelecto.

Concepto 17379582 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 21 diciembre, 2017

La Superintendencia de Industria y Comercio señala que los programas de ordenador o soportes lógicos – Software, son un elemento de la creación del intelecto protegido por los derechos de autor, con fundamento en la Decisión 351 de 1993. Por tanto, a esta figura no le es aplicable lo presupuestado en la Decisión 486 de 2000, dado que el artículo 15 de dicha norma establece en forma expresa que los programas de ordenadores o el soporte lógico no se consideran invenciones, y por tanto, no hacen parte de la vertiente titulada “Propiedad Industrial”.

Concepto 17358410 de 27-11-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 27 noviembre, 2017

Los servicios de comunicaciones son servicios públicos esenciales que permiten a los ciudadanos la protección de sus derechos fundamentales y por ello, los proveedores de redes y servicios de comunicaciones deben suministrar dichos servicios en condiciones no discriminatorias y trato igualitario, en la conectividad, la educación, los contenidos y la competitividad. La prestación de servicios de comunicaciones depende de la suscripción del respectivo contrato entre el proveedor del servicio y el usuario. En consecuencia la negación del contrato puede surgir por: 1) cuando el usuario de servicios de comunicaciones niega ante el proveedor del servicio la suscripción del contrato, por suplantación por ejemplo; 2) Cuando el proveedor de redes y servicios no puede prestar el servicio de comunicaciones por motivos de cobertura; y 3) Por imposibilidad técnica por parte del usuario o del proveedor de servicios de comunicaciones. 
Cabe señalar que, ante cualquier inconformidad con la facturación, el usuario podrá presentar las peticiones, quejas y recursos ante los proveedores de servicios con el fin de solicitar la protección de sus derechos.

Concepto 1014 de 23-11-2017

Concepto / Oficio, Contaduría Pública, NORMATIVIDAD Publicado: 23 noviembre, 2017

El contador público está obligado a guardar la reserva profesional en todo aquello que conozca en razón del ejercicio de su profesión, salvo en los casos en que dicha reserva sea levantada por disposiciones legales.

Concepto 1011 de 23-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 23 noviembre, 2017

El CTCP precisa que los estados financieros reexpresados no requieren aprobación debido a que, en su momento, fueron fielmente tomados de los libros contables.

Concepto 1006 de 21-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 noviembre, 2017

Cuando se decretan dividendos en acciones para un instrumento de patrimonio medido según la sección 11 del marco técnico normativo para pymes, el inversionista no debe generar ajustes ya sea en el valor de la inversión o en el estado de resultados, por cuanto al aplicar la opción del costo menos el deterioro, los ingresos por dividendos solo se reconocen cuando ellos son decretados en efectivo, situación que es similar cuando la inversión en instrumentos de patrimonio es medida por su valor razonable.

Concepto 1008 de 21-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 noviembre, 2017

Al contabilizar las ventas con tarjetas de crédito, para los efectos contables, se tendrá en cuenta lo establecido en el marco de información financiera aplicado por la entidad, revisando la sección relacionada con el reconocimiento de ingresos por venta de bienes.

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