Los Grandes Contribuyentes declarantes de renta, ya sean régimen ordinario o especial, deben estar muy seguros de que su Declaración de Renta año gravable 2014 sí arroje saldo a pagar en lugar de saldo a favor; y asimismo proceder a liquidar y pagar la primera de las 3 cuotas entre el 10 y el 23 de febrero del 2015. Aquí ilustramos los 5 casos que se les pueden presentar a la hora de liquidar esa primera cuota.