Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: inversión extranjera en una SAS

Oficio 220-110373 de 15-10-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 15 octubre, 2019

La Supersociedades, mediante el presente oficio, establece que se considera inversión extranjera en Colombia la inversión de capital del exterior en el territorio colombiano, incluidas las zonas francas colombianas, por parte de personas no residentes en el país. Se entiende por no residentes cambiarios a las personas naturales que no habitan dentro del territorio nacional. Por lo anterior, la entidad en mención establece que, en el caso de consulta, la adquisición de las acciones se llevó a cabo en una condición de dos residentes, de acuerdo con las definiciones mencionadas anteriormente (puesto que el accionista aún no había abandonado el país, la misma no debe ser entendida como una inversión extranjera).

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