Mediante la presente doctrina, la Dian concluye son contribuyentes del tributo los intervinientes en el acto gravado y se consideran responsables aquellos que deben cumplir las obligaciones de éstos por disposición expresa de la ley.
Mediante la presente sentencia, La Corte Constitucional declara exequibles los artículos 6 del Decreto 624 de 1989, concluyendo que el mismo no es discriminatorio, pues no es posible predicar igualdad matemática entre la obligación tributaria del declarante y del no declarante.