DIAN. La venta de mercancía ubicada fuera de los municipios señalados en el Decreto 1770 del 2015 no goza de la exención temporal del impuesto sobre las ventas.
DIAN. Los vendedores que se encuentren ubicados en alguno de los municipios declarados en emergencia de acuerdo con el Decreto 1770 del 2015, que vendan a compradores ubicados fuera de dichos municipios, gozarán de la exención temporal del IVA siempre que la mercancía se encuentre ubicada en alguno de los municipios declarados en emergencia.