José Daniel López, coautor del proyecto de ley, afirma que luego de dos décadas hay normas desactualizadas, con vacíos y que se deben mejorar.
Destaca el capítulo enfocado a los administradores y su calificación. Se establece un régimen para cumplir con unos requisitos mínimos para ejercer sus labores.
Sobre la tributación de las empresas, Juan David Oviedo dice que en Colombia estas no son un grupo homogéneo, por lo que muchas tienen preferencias.
Existiría una mejora en el recaudo si se incluyera a todas las empresas con la misma carga tributaria y así no tener en cuenta tratamientos especiales.
Germán Torres afirma que muchas veces se cobra por lo complejo de la información que se va a manejar, pero se debería contar con una tarifa plena.
Tiene claro que hoy el mercado laboral contable sufre una ola de competencia desleal que no debería existir.
José Gregorio Arias afirma que en medio del proceso de modernización de la Ley 43 de 1990 se han dado definiciones básicas de lo que es la contaduría pública y el contador público.
También, definiciones de la práctica del ejercicio de la profesión y conceptos relacionados con la revisoría fiscal.
Lina Álvarez afirma que el proyecto de reforma tributaria no soluciona el hueco fiscal que existe.
Tributación por parte de personas jurídicas es del 72 % contra un 28 % de personas naturales.
Reforma continuará con programas sociales y focalizarse en el empleo para la población entre 18 y 28 años.
Desde el punto de vista de Miguel Ángel García al proyecto de reforma tributaria le faltó crear más beneficios para las empresas e incentivos para emplear a jóvenes.
De igual manera, faltó modificar artículos sancionatorios para los contadores públicos, como el 580-1, 600 y 651 del ET.
Miguel Ángel Acero explica que el código de ética debe cumplir con tres características que sea constitucional, legal y conveniente para la profesión.
Debe estar alineado con los acuerdos internacionales y alineado con el código del IESBA.
Miguel Santiago Pantoja afirma que lo más importante que con la ley no se disminuirá el salario, ni se afectarán los derechos adquiridos de los trabajadores.
La duración máxima de la jornada de trabajo será de 42 horas semanales, las cuales podrán ser distribuidas de común acuerdo entre empleador y trabajador.
Para David Patiño lo ideal es que los empleadores conozcan los riesgos laborales a los que están expuestos los empleados que están bajo este par de modalidades.
Entrega recomendaciones de seguridad y da a conocer el papel de las ARL frente a los riesgos laborales.
Santiago López afirma que desde la Supersociedades se está buscando actualizar la regulación alrededor de las funciones del revisor fiscal.
Dice que el revisor fiscal no es un administrador. Debe aplicar los procedimientos que identifiquen incumplimientos de disposiciones legales y reglamentarias.
Mónica Alonso y Deycer Rodríguez presentan los resultados de una encuesta realizada para conocer la percepción de los empresarios sobre la revisoría fiscal.
Para el 35 % la revisoría fiscal es una auditoría contable y tributaria. El 98 % respondió que la revisoría fiscal agrega valor a su organización.
La meta de recaudo por el Gobierno será de 14 billones de pesos.
Habrá una prórroga temporal del impuesto al patrimonio, se incrementará el impuesto a los dividendos transitoriamente.
No habrá incremento del IVA para bienes y servicios, ni se afectará el impuesto de renta a personas naturales.