Luisa Meneses y Alejandra Téllez, abogadas especialistas en temas de derecho laboral, explican una serie de puntos relacionados con las incapacidades laborales, los cuales deben ser tenidos en cuenta tanto por los empleadores como por los empleados para evitar inconvenientes en el manejo de esta situación.
Los 2 primeros días de incapacidad están a cargo del empleador; posteriormente, hasta los 180 días, es responsabilidad de la EPS, para después estar a cargo del fondo de pensiones; sin embargo, en ocasiones este último omite su deber o demora en realizarlo.