Los usuarios que adelanten alguna reclamación de sus facturas ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios cuentan con la opción de descargar un certificado con el cual podrán evitar la suspensión inmediata del servicio por parte del prestador.
Quienes presten servicios públicos domiciliarios podrán cobrar un cargo por reconexión y reinstalación para la recuperación de los costos en que incurran, así lo confirmó la Superservicios. En este editorial despejamos algunas dudas sobre la suspensión y cobro de reconexión de estos servicios.
Al encontrarse un cobro por servicio público en discusión porque el usuario presentó un recurso, la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios no podrá realizar la suspensión o corte del servicio hasta que se resuelva lo reclamado por el usuario, incluso hasta que lo resuelva la Superintendencia de Servicios Públicos.
El agua es un derecho fundamental y el suministro constante y de calidad es la base del respeto a la dignidad humana. Por ello, cuando la suspensión por falta de pago afecta derechos de personas de especial protección como de la tercera edad, embarazadas, discapacitados o enfermos y niños, la empresa de servicios públicos tiene que respetar derechos mínimos, inclusive, reduciendo la presión pero sin que sea suspensión total del suministro.