Si una persona natural firmó un contrato por valor de 145 millones de pesos en mayo de 2019, por la prestación de servicios como ingeniero sanitario, ¿queda obligado a declarar y pagar el IVA? ¿Cuál sería la periodicidad para hacerlo?
¿Es posible verificar ante la Dian si una empresa que se encuentra obligada a cobrar el IVA con periodicidad anual efectivamente presentó la declaración con el respectivo pago?
¿En qué casos es necesario realizar el prorrateo de IVA y qué efectos fiscales genera no hacerlo?
Así lo dispuso la Dian en su Resolución 000056 de noviembre 22 de 2018, en la que se consideró el incremento en el IPC durante el período octubre 1 de 2017 a septiembre 30 de 2018. El mismo valor en que se incrementó la UVT será el que se utilizará como reajuste fiscal para el año gravable 2018.
La declaración y pago cuatrimestral del impuesto sobre las ventas, estará a cargo de personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2018, sean inferiores a 92.000 UVT, para lo cual deberán presentar la declaración utilizando el formulario prescrito por la Dian.
Una constructora lleva las compras que realiza a la cuenta mercancías no fabricadas por la empresa; durante el 2015 se realizó solo un contrato. Al presentar la declaración del IVA, ¿se debe llevar al renglón 52 el valor total registrado en dicha cuenta, así no se haya vendido prácticamente nada?