Andrés Sánchez Díaz, gerente de impuestos de BDO Colombia, analiza las ventajas con las que fueron beneficiadas las empresas de la economía naranja y el campo colombiano, pero también advierte sobre las responsabilidades de obligatorio cumplimiento que deben acatar según la Ley 1943 de 2018.
La nueva versión del artículo 235-2 del ET, modificado con el artículo 79 de la Ley 1943 de 2018, establece 7 años de rentas exentas para las sociedades de economía naranja, cuya utilidad contable, al ser distribuida, esta pasará totalmente gravada en cabeza de sus socios o accionistas.
La Ley de financiamiento 1943 de 2018, a través de su artículo 79, señala los incentivos tributarios a partir del 2019 para las empresas de economía naranja, así como los beneficios para el desarrollo del campo colombiano cuyas inversiones incrementen la productividad del mismo.