A través del Decreto 358 de 2020, emitido por el Ministerio de Hacienda, se reglamenta los sistemas de facturación el país.
Esta norma reexpide en 28 artículos todas las normas que ocupaban 77 artículos del DUT 1625 de 2016.
Ahora deberán transmitirse electrónicamente a la Dian todos los documentos equivalentes a factura y aquellos que los compradores elaboren por compras de bienes y servicios a los no obligados a facturar.
Mediante el Decreto 358 de 2020, el Ministerio de Hacienda reglamentó los artículos 511, 615, 616-1, 616-2, 616-4, 617, 618, 618-2 y 771-2 del Estatuto Tributario, artículo 26 de la Ley 962 de 2005 y el artículo 183 de la Ley 1607 de 2012, relacionados con los sistemas de facturación, la factura electrónica y los requisitos para la procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables.
Este decreto, además, especifica que, en relación con el parágrafo transitorio del artículo 616-1 del ET, para la procedencia de los impuestos descontables y costos o gastos deducibles, el 30 % fijado para el 2020 se aplicaría a partir de la fecha en que expiren los plazos previstos para los sujetos obligados a facturar electrónicamente, de acuerdo con el calendario de implementación. Así mismo, aclara que los tiquetes POS serían válidos como soporte de impuestos descontables y para costos o gastos deducibles, hasta la fecha máxima indicada para expedir factura electrónica con validación previa.
Edición # 101 de marzo del 2020 de la Revista ACTUALÍCESE.
Según lo previsto en la Ley 2010 de 2019, ¿qué fechas deben atender los contribuyentes obligados a implementar la facturación electrónica en 2020?
La Dian precisó algunas consideraciones sobre la aplicación de las normas que regulan la factura electrónica.
A su vez, reiteró que la factura electrónica de venta con validación previa sigue siendo un soporte en ventas y/o prestación de servicios, costos, deducciones e impuestos descontables.
Así lo interpretó la Dian en su Concepto 129 de febrero 5 de 2020.
Si la Ley 1943 de 2018 dejó de tener efectos jurídicos a partir de enero 1 de 2020, entonces los calendarios fijados durante 2019 también dejan de tener efectos, haciéndose necesaria la fijación de nuevas fechas.
¿Qué tipo de contribuyentes pueden acceder a la facturación gratuita de la Dian? ¿Qué requisitos se deben cumplir?
¿Cuáles son los pasos para proceder con la anulación de una factura electrónica?
¿En dónde se puede consultar cuáles son los proveedores tecnológicos autorizados para expedir la factura electrónica?
Para este año, la Dian rechazará el 70 % de los costos y gastos que no estén soportados con la factura electrónica.
Este rechazo irá aumentando progresivamente hasta llegar al 100 % en el año 2023.
A partir del año 2020, ¿cuál es el porcentaje de costos y gastos que puede ser soportado sin factura electrónica para que proceda la deducción o el descuento tributario en la declaración de renta?