En la NIA 560 se determina cuál es la responsabilidad y procedimientos que debe tener en cuenta el auditor respecto a los hechos posteriores a la emisión del informe de auditoría. El auditor solicitará a la Gerencia que expida certificado donde conste que tales hechos han sido ajustados o revelados.
Existen casos en los que en fecha posterior a la generación del informe se detectan sucesos que afectan el período auditado; por tanto, se requiere que el proceso de auditoría considere la responsabilidad de la valoración de los riesgos y el establecimiento de procedimientos para la inclusión de estos.