Mediante la Resolución 0448 de 2022, el Ministerio del Trabajo reglamenta el certificado de primer empleo y el registro anualizado de las certificaciones expedidas de que trata el artículo 88 de la Ley 2010 de 2019, para deducciones tributarias por primer empleo.
Mediante la Resolución 0199 de 2022, el Ministerio del Trabajo actualizó el monto del incentivo a la generación de nuevos empleos para la vigencia de 2022.
Mediante la Circular 0007 de 2022, el Ministerio del Trabajo indica los derechos, deberes y garantías laborales de los trabajadores del servicio doméstico.
Mediante el Decreto 1858 de 2021, el Ministerio del Trabajo introdujo modificaciones a los artículos 2.2.3.1.18 y 2.2.3.1.19 del Decreto 1833 de 2016, entre otras, respecto a la verificación de la consignación de las cotizaciones al sistema de pensiones y los excesos en estas.
Mediante el Decreto 1857 de 2021, el Ministerio del Trabajo modificó el artículo 2.2.13.4.4 del Decreto 1833 de 2016 respecto al incentivo ofrecido por el servicio social complementario de los beneficios económicos periódicos –BEPS– para mantener la fidelidad en el ahorro de los afiliados.
Ministerio del TrabajoDecreto 1725Diciembre 15 de 2021 Por medio del cual se establece el valor del auxilio de transporte en Colombia para 2022 en $117.172. Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (79 Kb)
Mediante el Decreto 1724 de 2021, el Ministerio del Trabajo definió el valor del salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– que regirá en Colombia para el año 2022 en $1.000.000.
Mediante la Circular 0072 de 2021, el Ministerio del Trabajo determina instrucciones para el reporte de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.
Por medio del Decreto 1399 de 2021, el Ministerio del Trabajo reglamentó el procedimiento para otorgar el incentivo por la creación de nuevos empleos dispuesto por la Ley de Inversión Social o reforma tributaria 2021.
Mediante el Decreto 935 de 2021, el Ministerio del Trabajo precisó que los empleadores podrán acceder al beneficio por contratación de jóvenes hasta el último mes que el trabajador tenga 28 años.
Mediante la Resolución 2047 de 2021, el Ministerio del Trabajo modifica los artículos 2 y 5 de la Resolución 2605 de 2014 respecto a los lineamientos que deben seguir los empleadores para reportar vacantes laborales. Para esto, se establece que los empleadores deberán registrar dichas vacantes en el Servicio Público de Empleo –SPE–.
Mediante la Circular 0047 de 2021, el Ministerio del Trabajo determinó que los empleadores deben garantizar la asistencia de los trabajadores a los puntos de vacunación contra el COVID-19 aun dentro de la jornada laboral. Además, indicó que los empleadores no deben exigir como requisito para ingreso o permanencia en el empleo la aplicación de la vacuna.