Por medio de la Ley 2101 del 15 de julio de 2021, el Congreso de la República aprueba la reducción de la jornada laboral semanal de manera gradual, lo cual no conllevará la disminución de salarios ni afectará en ninguna medida los derechos y las garantías de los trabajadores.
Mediante la Resolución 1405 de 2021, el Ministerio del Trabajo definió el procedimiento que deberán seguir los actores involucrados (empleadores, entidades financieras, Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, entre otros) en la solicitud, otorgamiento y verificación del aporte por contratación de jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete.
Mediante el Decreto 654 de 2021, el Ministerio del Trabajo adoptó la clasificación única de ocupaciones para Colombia –CUOC–. Esta tiene como finalidad ser referente para la identificación y uso de ocupaciones del mercado laboral colombiano a partir de la adaptación realizada por el Dane de la clasificación internacional uniforme de ocupaciones –CIUO– de la OIT vigente.
Mediante el Decreto 616 de 2021, el Ministerio del Trabajo reglamentó los parámetros que deben cumplirse para el reconocimiento de la experiencia profesional derivada de prácticas laborales. Estas medidas aplicarán para la experiencia adquirida mediante prácticas laborales, judicaturas, monitorías, contratos de aprendizaje, contratos de trabajo o de prestación de servicios y grupos de investigación.
Por medio de la cual se prorroga el plazo para la validación de la información de afiliados al sistema de pensiones y de la puesta en operación de sus funcionalidades mediante el sistema de afiliación transaccional –SAT–.
El Ministerio del Trabajo, por medio de la Ley 2088 de 2021, reguló la habilitación del trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.
El Ministerio del Trabajo reglamentó las condiciones bajo las cuales debe expedirse la certificación del primer empleo y el registro anualizado de las certificaciones que acreditan el primer empleo. Entre otras cosas, determinó cuestiones referentes al término de expedición, la virtualización del certificado y el tratamiento de datos personales que se utilicen para este fin.
El Ministerio del Trabajo determinó las medidas que deben implementarse para el pago de aportes al sistema general de pensiones por los períodos correspondientes a abril y mayo de 2020, de los que fueron exonerados los empleadores y trabajadores independientes mediante el Decreto Legislativo 558 de 2020 con ocasión de la contingencia del COVID-19. A su vez, este decreto tiene como propósito el cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-258 de 2020.
El Ministerio del Trabajo determina una serie de acciones que puede adelantar un trabajador para la obtención de una certificación laboral de una empresa que ha sido liquidada.
Mediante la Circular 0022 de 2021, el Ministerio del Trabajo determinó que los empleadores no pueden exigir la prueba del COVID-19 a sus trabajadores y aspirantes a un cargo.
Mediante la Resolución 452 de 2021, el Ministerio del Trabajo establece las medidas para la implementación del programa Estado Joven para prácticas laborales en el sector público.
Mediante la Circular 0014 de 2021, el Ministerio del Trabajo determinó que el registro de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– no tiene fecha límite.