De acuerdo con lo indicado en la Ley 1422 de diciembre 29 de 2010 y el Decreto 1599 de mayo de 2011, sobre cualquier bien o servicio gravado con IVA que cancelen hasta septiembre 20 de 2011 y sin importar la forma de pago ni el monto del IVA facturado, la DIAN les devolverá el 100% de dicho IVA.