A partir del 9 de agosto de 2018 comienzan a vencerse los plazos para que las personas naturales que no tengan la calidad de grandes contribuyentes presenten de manera oportuna sus declaraciones de renta, por este motivo Actualícese estará destacando los editoriales relacionados con el tema.
Se recomienda solicitar el RUT a cualquier persona natural a la que se le haya efectuado una compra, para que a futuro se facilite la elaboración de la exógena. Si el reportante no cuenta con el RUT, a través del portal de la Dian, y de forma gratuita, puede confirmar si el tercero tiene o no NIT.