Los artículos 23 a 26 y 36 de la Resolución 220 de octubre del 2014 establecen que la matriz o controlante de los grupos empresariales existentes a diciembre 31 del 2015 tendrá que entregar, antes de junio 30 del 2016, tres reportes especiales, entre los cuales se encuentra el que contendría las cifras básicas de sus estados financieros consolidados a diciembre 31 del 2015. Dichas cifras serían las que se obtuvieron con los nuevos marcos normativos aplicados durante el 2015.