La Dirección General de Impuestos y Aduanas, mediante la Resolución 000014 de 2018, establece los criterios para realizar el cálculo de la relación costo-beneficio en el proceso de cobro coactivo. En el artículo 2 de dicha resolución, están plasmados los aspectos comunes a aplicar para los diferentes tipos de bienes, pero, por error de omisión, no se incluyó que la información del valor comercial de tales bienes se encuentra en las agremiaciones, medios electrónicos e investigaciones existentes en los mercados especializados.
Por lo anterior, se presenta la Resolución 000023 de 2018, donde se corrige el artículo 2: “El valor comercial de los bienes en condiciones similares se puede encontrar en las revistas especializadas para la comercialización de los bienes, información de agremiaciones, medios electrónicos, investigación en el mercado especializado, información de las autoridades que regulan el tipo de bien”.