Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 18 de diciembre

Concepto 970 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

Las cuotas de sostenimiento y otros ingresos, deben ser reconocidos en el estado de resultados si es una entidad con ánimo de lucro, o en el estado de actividades si es una entidad sin ánimo de lucro, como un ingreso.

Concepto 972 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

Los importes anormales de desperdicio se reconocen afectando el costo de ventas. Los costos de almacenamiento incurridos con posterioridad a la adquisición del inventario, que no son necesarios para un proceso de elaboración posterior, deben ser reconocidos como gastos en el estados de resultados; lo mismo aplica al contabilizar los costos indirectos de administración.

Concepto 976 de 14-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 noviembre, 2017

El emitir autorización o aval a personas naturales para el desarrollo de eventos de actualización contable y tributaria no es una función que se encuentre dentro de las competencias establecidas en la ley para el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Concepto 967 de 09-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 9 noviembre, 2017

El CTCP recuerda una vez más que, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, los estados financieros se entenderán certificados cuando estén firmados por el contador público y el representante legal.

Concepto 955 de 08-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 8 noviembre, 2017

El CTCP señala que los gastos de investigación o desarrollo, forman parte del costo de un activo cuando este se reconoce por su valor de adquisición, en el cual se incluyen los gastos incurridos para darle su condición o ubicación, y que usualmente están incluidos en el precio de compra.

Concepto 951 de 04-11-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 4 noviembre, 2017

Las funciones del revisor fiscal deben estar enmarcadas dentro de lo términos de la ley y sus compromisos deben estar definidos a través de un contrato de prestación de servicios profesionales. Ante el incumplimiento de dichos compromisos, y si se considera que las actuaciones del revisor fiscal han puesto en riesgo los intereses de la entidad, se puede presentar queja formal ante el tribunal disciplinario de la JCC.

Concepto 936 de 02-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 2 noviembre, 2017

La obligación de certificar y dictaminar estados financieros está prevista en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, y el mandato de efectuar una declaración explícita y sin reservas del cumplimiento de los marcos técnicos normativos plenos para pymes y para microempresas, se ajusta con la verificación de las afirmaciones contenidas en los estados financieros establecida en el artículo 37 de la citada ley.

Concepto 934 de 02-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 2 noviembre, 2017

El tratamiento contable de las cuotas extraordinarias de una propiedad horizontal puede consultarse en la Orientación Técnica No. 15 – Copropiedades de uso residencial o mixto (Grupos 1, 2 y 3), la cual se encuentra publicada en el sitio web del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Concepto 935 de 02-11-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 2 noviembre, 2017

Entre las funciones y deberes del revisor fiscal, enumerados en los artículos 207 al 213 del Código de Comercio, se encuentra el dar una opinión acerca de la eficiencia y la eficacia del sistema de control interno de la entidad; razón por la cual será responsabilidad del revisor fiscal adelantar las pruebas que a su juicio profesional, considere convenientes para obtener evidencia adecuada y suficiente para formarse una opinión acerca del sistema en mención y posteriormente generar una opinión. Esta última, deberá estar enmarcada dentro de los parámetros definidos en el nuevo marco técnico normativo compilado en el anexo técnico No. 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 y 2132 de 2016.

Concepto 940 de 02-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 2 noviembre, 2017

Las organizaciones religiosas generan ingresos por contribuciones, así como gastos de personal y funcionamiento. Las aportaciones que están relacionadas con el desarrollo de la actividad se consideran ingresos a menos que sean reembolsables, en cuyo caso sería un pasivo. Las transacciones sin contraprestación, como la cesión del garaje para las ceremonias religiosas, deben contabilizarse siempre que, de no hacerlo, se hubiera tenido que incurrir en un pago de arrendamiento contra un ingreso por subvenciones privadas. Aunque ambas partidas son de resultados, evidencian de mejor manera la gestión de lo que lo haría simplemente no incluirlas en la contabilidad. Sin embargo, se debe verificar si la entidad pertenece a una organización religiosa con personería jurídica o es un templo en particular, debido a que si es un templo posiblemente no esté obligado a llevar contabilidad, si existe una organización religiosa que lo incluya, a no ser que se trate directamente de una persona jurídica.

Concepto 932 de 01-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 1 noviembre, 2017

Para las empresas del grupo 2, el reconocimiento y medición de los inventarios se supedita a que sean activos poseídos para ser vendidos en el curso normal del negocio, en proceso de producción con vistas a esa venta; o en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.

Concepto 919 de 26-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 26 octubre, 2017

Los consorcios pueden asimilarse al concepto de acuerdo conjunto contenido en los nuevos marcos técnicos normativos. Para que un acuerdo conjunto exista, siempre se requerirá la existencia de un acuerdo contractual y la decisión de las partes de compartir el control.

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