La Dian, con su Concepto 33131 del 12 de diciembre de 2017, confirma que algunos servicios de educación virtual están excluidos del impuesto sobre las ventas, sin importar de que se trate de un desarrollo web o móvil.
Mediante el Decreto 1412 de agosto 25 de 2017 el Ministerio de las Tecnologías definió cuáles son los servicios de educación virtual y software excluidos de IVA mencionados en los numerales 23 y 25 del artículo 476 del ET, los cuales fueron agregados con el artículo 187 de la Ley 1819 de 2016.