La sección 30 del Estándar para Pymes establece los requerimientos para que las pymes contabilicen sus transacciones en moneda extranjera.
Esta sección requiere que se reconozca el ingreso o gasto por la variación existente en la tasa de cambio al liquidar partidas monetarias en moneda extranjera.
El CTCP aclara que para efectos contables, la diferencia en cambio de transacciones en moneda extranjera deben ser contabilizadas considerando lo establecido en la NIC 21, en la Sección 30, que aplican para los grupos 1 y 2, respectivamente.