Con la implementación de las Normas Internacionales de Auditoría –NIA–, la labor de los revisores fiscales ha quedado reglamentada dentro de la misma normatividad que la auditoría externa e interna; por tanto, los profesionales contables que ejecutan labores de revisoría están supeditados a un alcance más amplio de sus labores.
En las NIA se encuentra específicamente determinada la obligación de los profesionales contables que desarrollen procesos de revisión de la información de certificar que los clientes cumplan con los marcos normativos bajo los cuales se debe reconocer, registrar y revelar los hechos económicos de la organización.
En el proceso de auditoría, el equipo de profesionales se debe enfrentar a diversas situaciones que representan amenazas para el cumplimiento de los objetivos y principios fundamentales de la auditoría; frente a las que es necesario establecer medidas de protección.
De acuerdo con la NICC 1, la firma debe establecer políticas y procedimientos para la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y compromisos específicos, con el fin de dar una seguridad razonable de que solo asumirá o continuará las relaciones y compromisos en los cuales cumpla determinadas condiciones.