Si una empresa de Chile y otra de Estados Unidos hacen préstamos a una empresa colombiana, ¿debe esta última practicar retención en la fuente por renta sobre los intereses que paga por dichos préstamos? (art. 24 numeral 4 del E.T.)
A continuación se presenta la clasificación de las personas naturales y sucesiones ilíquidas frente al impuesto de renta por el año gravable 2015, en la cual se establecen los diversos criterios que se deben considerar al momento de determinar dicha clasificación.
Una pequeña empresa reportó el formato 1001 por ser agente retenedor por los años gravables 2014 y 2015, y no presentó el formato 1005 aunque tenía IVA descontable; ¿qué debe hacer? Cabe aclarar que no obtuvo ingresos para reportar los demás formatos.
En diciembre del 2014, cuando los contribuyentes empezaban a adaptarse a la liquidación y pago del CREE, la Ley 1739 estableció una sobretasa a este impuesto sobre la cual se debe hacer un anticipo del 100%. Conozca algunas respuestas a inquietudes sobre el tema.
Las personas naturales clasificadas en la categoría de trabajadores por cuenta propia que cumplan con las condiciones para liquidar el impuesto de renta por el sistema IMAS, deben utilizar el formulario 240. Por ello es importante revisar las modificaciones a algunas instrucciones de este formulario realizadas por la Resolución 000029 del 2016 expedida por la DIAN.
Inicialmente los cambios introducidos bajo la nueva política de Estándares Internacionales no tendrán incidencia fiscal durante los próximos cuatro años, que pudieran vencer en el 2018 o 2019 dependiendo del grupo al cual pertenece la empresa.
A continuación publicamos las inquietudes en impuestos resueltas por Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria de actualicese.co
Un profesional independiente no obligado a llevar contabilidad declaró renta del año gravable 2013 en el formato 110 y no en el 210 como correspondía, ¿se debe corregir la declaración presentada? De ser así, ¿cuál sanción se debe liquidar?