Los contribuyentes del CREE deben liquidar por los años gravables 2015 a 2018 una sobretasa a este impuesto, la cual está sometida a un anticipo del 100% que se debe liquidar en la declaración del año anterior; no obstante, dicha sobretasa solo se debe calcular cuando la base gravable sobre la cual se liquidará el CREE sea igual o superior a 800 millones.