Hasta las declaraciones de renta del año gravable 2016, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad solo podían deducir el 100 % del valor del impuesto de industria y comercio que hubiese sido pagado durante el ejercicio. Dicha situación cambió con la reforma tributaria estructural.
Teniendo en cuenta que ya se reglamentaron los aspectos relacionados con el ICA que fueron afectados con la reforma tributaria y que también se han emitido doctrinas sobre el tema, en este editorial hacemos un recuento de dichas novedades y de las aclaraciones que ha realizado el Minhacienda.
En algunos municipios es posible que el plazo para declarar ICA del año gravable 2017 sea posterior al plazo para declarar renta del mismo período. Esto lo deberán tener presente aquellos contribuyentes que pretendan deducir en su declaración de renta el impuesto de ICA provisionado 2017.
Según el Oficio 006012 de 2017, si un contribuyente obligado a llevar contabilidad paga el ICA causado en dicho período gravable antes de presentar la respectiva declaración de renta podrá tomarlo como deducible. Para períodos anteriores debe atenderse lo consagrado en el artículo 115 del ET.